Por: Namphi Rodríguez
La Organización de los Estados Americanos (OEA) ha echado un balde de agua fría las intenciones de los sectores jurídicos y políticos que acarician la idea de una sentencia del Tribunal Constitucional que declare la “inconstitucionalidad de la Constitución” para abrir la posibilidad de una segunda reelección del presidente Danilo Medina.
El varapalo ha venido a través de una “opinión consultiva” rendida a la OEA por la Comisión de Venecia, el prestigioso foro de académicos e intelectuales de Derecho Constitucional que asesora al Consejo de Europa, en la que se consigna de “manera inequívoca que la reelección no es un derecho humano e impedir la reelección no limita el derecho de los candidatos o de los votantes”.
La opinión fue elaborada por un grupo de juristas independientes expertos en Derecho Constitucional y Electoral de España, Francia, Estados Unidos, México, Finlandia y Corea del Sur.
Pese a su carácter académicoy no vinculante, la “opinión” forma parte del denominado “softlaw” o “derecho blando” que orienta e informa las fuentes jurídicas y las políticas institucionales de la OEA frente a gobernantes latinoamericanos autoritarioscomo Daniel Ortega, Evo Morales y Juan Orlando Hernández, quienes han presionado a los tribunales constitucionales de sus países para desconocer la prohibición constitucional de reelección presidencial.
En el caso dominicano, el Tribunal Constitucional tiene pendiente de fallo una acción en inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Fredermido Ferreras Díaz para que se declare incompatible con la Carta Política el artículo Transitorio Vigésimo que impide al presidente Danilo Medina optar por una segunda reelección presidencial.
No obstante haber desistido, la acción tendrá que ser fallada por el Tribunal Constitucional y sus argumentos son parecidos a los utilizados por los presidentes Ortega, en Nicaragua, Morales, en Bolivia, y Hernández, en Honduras, para burlar los límites a la permanencia ilimitada en el ejercicio del poder.
“Lápida sepulcral”.
En su informe, el grupo de juristas de la Comisión de Venecia definió como una “mala práctica” para la democracia “la de modificar la Constitución durante el mandato para buscar la reelección en el poder o, en algunos casos, peor aún, se busca sin cambio constitucional, haciéndolo mediante sentencias judiciales”.
“Nadie puede argumentar tener derecho a repostularse después de un mandato si la Constitución establece lo contario. El límite a la reelección tiene como objetivo preservar la democracia y proteger el derecho humano a la participación política”, subraya el informe leído por el secretario general de la OEA, Luis Almagro.
Para muchos, el tono tajante de Almagro y el peso de los expertos que elaboraron el informe significa colocar una “lápida sepulcral” a las maniobras de sectores jurídicos que llegaron a llamar “ripio constitucional” a la parte de la Constitución que prohíbe la reelección del presidente Medina.
Más aún, hay quienes piensan que esos intentos forman parte de unmovimiento de regresión constitucional que procura restar eficacia normativa a la Carta Fundamental y volver a prácticas políticas similares a las que imperaban bajo la Constitución de 1966 del presidente Joaquín Balaguer.
La idea de esos sectores es que el Tribunal Constitucionalacuda a una vieja tesis del constitucionalista alemán Otto Bachoffpara hacer un juicio de constitucionalidad sobre el texto de la misma Constitución y declarar que el Transitorio Vigésimo de la Carta Política viola el derecho a la igualdad del mandatario, por lo que se debe declarar no compatible con la Ley de Leyes.
Sin embargo, en la “arquitectura constitucional” dominicana el juicio de constitucionalidad es un “test” entre las leyes que están por debajo de la Constitución en comparación con ésta para determinar su nivel de compatibilización.
Por esa razón, la opinión de la Comisión de Venecia viene a abonar la posición de quienes han sostenido que la división de la Constitución entre Constitución orgánica y Constitución dogmática es meramente doctrinaria, no da lugar a excluir unos derechos frente a otros.
Comisión de juristas
La Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho, mejor conocida como Comisión de Venecia por estar radicada en la “Ciudad de los canales”, es un órgano consultivo en materia constitucional compuesto por 60 naciones, 47 de las cuales forman parte de Europa y otras 13 de países de distintas regiones del mundo, tales como Estados Unidos, Brasil, Chile, Israel, Tunez, México y Perú, entre otros.
Fue creada en 1990 como respuesta a la necesidad de prestar apoyo jurídico y político a las naciones de Europa del Este y Central, a raíz de la caída del Muro de Berlín.
Desde entonces sus opiniones han sido de enorme influencia internacional en temas como Derecho Constitucional, Poder Judicial, Estado de Derecho y Democracia.
Estos juristas se caracterizan por la independencia de sus opiniones, que no se vinculan a los países de los que proceden cada cuatro años, cuando son elegidos.