Nacional

Ministerio Público asegura que el expresidente Danilo Medina instruyó a sus exfuncionarios a buscar dinero para campañas políticas a sabiendas de que esa búsqueda era ilícita   


Santo Domingo.- El Ministerio Público planteó en la solicitud de orden de allanamiento de la operación Calamar que en  2019, antes de las Elecciones Primarias del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el entonces presidente Danilo Medina convocó a una reunión en su despacho del Palacio Nacional, en las que había varios miembros de alto nivel de su equipo, a quienes les instruyó a buscar dinero para las campañas políticas del 2019, (internas del PLD) y la del 2020, a sabiendas de que esa búsqueda era ilícita.

De acuerdo con el documento, entre los invitados a la reunión estuvieron los investigados Donald Guerrero, José Ramón Peralta, Simón Lizardo, Francisco Pagán, entre otros.

Aduce que posterior a esa reunión José Ramón Peralta, le solicitó al entonces director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) Francisco Pagán que convocará a unos de los principales constructores del Estado Dominicano, el ingeniero Bolívar Ventura, quien en ese momento tenía lo que entendía eran deudas del Estado Dominicano, fuera hasta su Oficina en el Palacio Nacional.

Destaca que Pagán convocó a una reunión, en su oficina en la OISOE al ingeniero Bolívar Ventura, quien acudió y luego se trasladó hasta el Palacio Nacional junto a Pagán, lo que le facilitaba el acceso y le permitía a Bolívar Ventura evitar la burocracia propia del Sistema de Seguridad de la sede del Gobierno Dominicano.

En esa reunión, José Ramón Peralta le dice a Bolívar Ventura, que debía hacer un aporte para la campaña y que a cambio se le harían unos pagos de deudas que tenía con el Estado y que para fines de coordinar los pagos debía ir donde el exministro de Hacienda Donald Guerrero.

En la reunión coordinada por Francisco Pagán, con el Ministerio de Hacienda, Donald Guerrero, este último le dice a Bolívar Ventura, que necesitan fondos para las elecciones internas del 2019, que a cambio de la entrega de esos fondos, le pagarían una parte de la deuda que el Estado tenía con él; recursos que supuestamente irían para la campaña interna del PLD, específicamente en apoyo al entonces precandidato Gonzalo Castillo, lo que evidentemente constituye una estructurada operación de soborno.

En ese contexto el señor Bolívar Ventura indica que tenía muchas deudas y que lo que podía hacer era dar doscientos millones. Esta propuesta hace que siguieran discutiendo las cantidades, ya que el Donald Guerrero, le reclamaba a Bolívar Ventura que podía dar más.

Finalmente, ante la insistencia del exministro Donald Guerrero terminaron en que Bolívar Ventura entregaría la suma de quinientos millones de pesos, que en la realidad subieron a la suma total de RD $527,694,838.00.

Los investigados Donald Guerrero, José Ramón Peralta y Gonzalo Castillo, junto a otros a los que se refiere esta imputación, se coalición para distraer del Estado los referidos RD $527,694,838.00).

Para lograrlo consiguen que el investigado Víctor Encarnación, entonces director técnico de la OISOE, realice volumetrías falsas de obras incluso cerradas, que habían sido realizadas por las empresas de Bolívar Ventura.

Esas cubicaciones falsas, como tiene probado la presente investigación, constituyen una estafa contra el Estado dominicano. Expresa que los investigados Donald Guerrero, José Ramón Peralta, Gonzalo Castillo, Víctor Encarnación Daniel y Omar de Jesús Caamaño, cometen estas acciones, distrayendo montos millonarios a través de cubicaciones adulteradas las cuales tenían como sustento un reconocimiento de deuda, el cual el constructor no había solicitado y realizadas sobre una volumetría inexistente. Indica que estas operaciones se realizan en el 2019, pero la mayoría de las documentaciones se adelantan con fecha del 2018, de acuerdo a las evidencias, esto para poder justificar el pago como deuda pública, ya que una deuda del 2019, no se podría pagar en el 2019, bajo ese concepto.

Los investigados Donald Guerrero, José Ramón Peralta, solicitaron decenas de millones a Bolívar Ventura, quien le dijo que no era posible mover todas esas cantidades en efectivo por la ley de lavado de activos y es ahí que se dispone hacer los contactos con el administrador del Banco de Reservas Simón Lizardo,

Este último a su vez delega la asistencia en el Contralor del Banco de Reservas, el investigado Andrés Guerrero, lo que sería el inicio de la operación de lavado más grande, cometidas en el menor tiempo, hasta hoy, en detrimento del patrimonio del Estado Dominicano.

Precisa que las deudas que según el ingeniero, Bolívar Ventura tenía el Estado Dominicano con sus empresas Doiteca, Diprecalt, Construcciones y diseño RMN y Consorcio Tecnológico de la Construcción CTC, eran deudas en principios basadas en contratos que datan de más de 10 años y sobre los que se le prometió entregarle los pagos, bajo lo que él define como extorsión por parte Donald Guerrero, José Ramón Peralta y Gonzalo Castillo, lo que evidentemente constituye un esquema de corrupción con participación activa de estos funcionarios públicos. Como fue establecido previamente, la propuesta a Bolívar Ventura fue recibir el pago de aproximadamente 30 obras que había construido desde la OISOE, para justificar pagarlas a través de acuerdos de reconocimiento de deuda por trabajos adicionales, aunque en realidad eran cubicaciones maniobradas con falsedad de contenido.

Señala que es evidente que aquí hay una clara coalición de funcionarios entre Donald Guerrero, José Peralta, Gonzalo Castillo, Daniel Omar de Jesús Caamaño y Princesa Alexandra García Medina, para estafar al Estado Dominicano y distraer fondos millonarios en una mega operación de lavado de activos, materializadas, además, a través de una asociación de malhechores. Añade que, para primeros pagos a la citada estructura, Bolívar Ventura utilizó la agencia de cambio RM, ubicada en la zona Este del Gran Santo Domingo, de la cual es dueño y administrador el señor Anderson Acevedo, quien le realizó un cambio de moneda mediante una transferencia electrónica.

Refiere que estas sumas en efectivo fueron llevadas a las instalaciones de la OISOE y entregadas a Francisco Pagán, las cuales fueron ejecutadas 2 veces, por la suma de cincuenta millones de pesos, cada una, y Francisco Pagán le entrega a Donald Guerrero, en su despacho del Ministerio de Hacienda, la suma de cincuenta millones de pesos en efectivo y posteriormente entregó la restante suma de cincuenta millones de pesos a José Ramón Peralta, en el Palacio Nacional.

Sostiene que luego de haberse entregado los cien millones de pesos, en la forma que tiene probado la presente investigación, el ingeniero Francisco Pagán le manifestó al ingeniero Bolívar Ventura que las sumas restantes serían entregadas directamente al investigado Donald Guerrero, quien dispuso como se harían esas entregas.

Posterior a los pagos en efectivo, Francisco Pagán le informó a Bolívar Ventura que sería contactado para ejecutar las entregas inmediatamente iba recibiendo los pagos de lo debido por OISOE; en ese sentido recibió un mensaje del investigado Andrés Guerrero, quien en ese momento era el contralor del Banco de Reservas, para coordinar el canje de cheques y entrega de dinero en el Banco de Reservas, sucursal calle José contreras esquina Gral. Jiménez Moya, La Feria, Distrito Nacional, quien además organizaba todo para la entrega, las que se realizaban luego de haber recibido las instrucciones de su superior.

Aduce que hecho las evidencias indican que Andrés Guerrero se refería sin mayor cuidado a que ese dinero era para Donald Guerrero, José Ramón Peralta y Gonzalo Castillo.

Según el Ministerio Público RD$ 527,694,838.00 fueron recibidos a través de quienes dispuso Donald Guerrero, es decir, los señores Ramón Emilio Jiménez (a) Mimilo y José Arturo Ureña, quienes hacen un esquema de distribución en el que participa el señor Fernando Crisóstomo, quien a su vez es la persona que hace la entrega de efectivo al investigado Víctor Encarnación, quien, como hemos dicho, se encarga de alterar la volumetría de OISOE.

Es preciso decir, aduce la instancia que todo este esquema operaba con la participación directa de Francisco Pagán como director de la OISOE y con el entonces contralor general de la República Daniel Omar De Jesús Caamaño Santana, quien hacía el trámite de los pagos, sin hacer ningún control, a cambio de recibir su porcentaje de los sobornos.

La solicitud de orden de allanamiento o registro de lugares de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), incluye a 23 personas relacionadas a la investigación relativa al caso Calamar.

La solicitud de orden de allanamiento depositada por el titular del PEPCA, Wilson Camacho del 7 de febrero pasado, fue autorizada por la jueza coordinadora de los juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, el 8 de marzo pasado.

En la instancia se solicita el allanamiento de Ángel Donald Guerrero Ortiz, José Ramón De Jesús Peralta Fernández, Gonzalo Castillo Terrero, Daniel Omar de Jesús Caamaño, Luís Miguel Piccirillo Mcabe, Claudio Silver Peña Peña, Aldo Antonio Gerbasi Fernández,

También Princesa Alexandra García Medina, Oscar Arturo Chalas, Andrés Guerrero, Ángel Lockward Mella, German Fernando Mateo Andújar, Alejandro Antonio Constanzo Sosa, Roberto Santiago Moquete Ortiz, Ramón David Hernández,

Igualmente, Yajaira Brito Encarnación, Marcial Reyes, Ana linda Fernández de Paola, Emir José Fernández de Paola, Rafael Parmenio Rodríguez Bisonó, Agustín Mejía Ávila y Víctor Matías Encarnación Montero.

El grupo es investigado por violación de los artículos 123 (145, 146 y 147, 166, 171 y 172, 177 265 y 266 y 405 del Código Penal Dominicano que tipifican la coalición de funcionarios, falsificación, prevaricación, desfalco, soborno o cohecho, asociación de malhechores y estafa contra el Estado) 18 de la Ley No. 311-14 que tipifica el enriquecimiento ilícito, artículos 3 letras A y B, 4, 8 letra B, 18, 21 letra B y 26 de la Ley No. 72-02, sobre Lavado de Activos (para los hechos de lavados cometidos antes de 2017), así como los artículos 59, 63, 64 y 78 de la ley núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Político para el Financiamiento ilícito de campañas políticas.


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