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Junta Central Electoral suspende provisionalmente prohibición de publicar encuestas fuera de la precampaña y campaña electoral


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Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) suspendió provisionalmente la aplicación del artículo de su reglamento de encuestas que prohibía publicar o difundir sondeos de carácter electoral fuera de los períodos legalmente establecidos para la precampaña y la campaña.

La medida fue adoptada por mayoría del Pleno de la JCE el pasado 20 de agosto y permanecerá vigente mientras las instancias jurisdiccionales competentes deciden la controversia relacionada con la legalidad y constitucionalidad de esa restricción.

La suspensión afecta directamente el artículo décimo tercero del “Reglamento que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral”, aprobado por el organismo el 22 de mayo.

Dicho artículo prohibía publicar o difundir, por cualquier medio, encuestas o sondeos de opinión con fines electorales fuera del período de precampaña, que comienza formalmente el primer domingo de julio del año anterior a las elecciones.

La disposición también alcanzaba las encuestas elaboradas para uso interno de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, estableciendo que esos estudios no podían hacerse públicos y contemplando sanciones en caso de divulgación o filtración.

Suspensión no elimina el reglamento

Con la decisión, la JCE deja provisionalmente sin aplicación esas prohibiciones y las sanciones vinculadas específicamente a ellas. Sin embargo, el resto de las normas que regulan las encuestas electorales continúa vigente.

Entre ellas figuran las disposiciones relacionadas con el registro y habilitación de las empresas encuestadoras, los requisitos técnicos, la metodología y demás obligaciones establecidas para la realización de estudios de opinión en materia electoral.

La JCE aclaró que la medida no constituye una declaración de inconstitucionalidad de la disposición. La suspensión tiene carácter “provisional, temporal y excepcional” hasta que los tribunales competentes determinen si la restricción se ajusta a la Constitución y las leyes.

Controversia llegó a los tribunales

La discusión surgió luego de que Justicia Sin Fronteras impugnara la disposición ante el Tribunal Superior Electoral (TSE). Ese tribunal se declaró incompetente para conocer el fondo al considerar que el planteamiento correspondía a una acción de control concentrado de constitucionalidad, materia reservada al Tribunal Constitucional.

La JCE argumentó que mantener activa la prohibición mientras se resuelve judicialmente la controversia podría generar incertidumbre jurídica y consecuencias difíciles de reparar.

La decisión no fue unánime. Los miembros Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises emitieron votos disidentes y cuestionaron que el Pleno pueda suspender administrativamente una disposición reglamentaria cuya constitucionalidad se encuentra sometida a discusión jurisdiccional.

En términos prácticos, mientras permanezca vigente la suspensión, la JCE no aplicará la prohibición de publicar encuestas electorales fuera de los períodos de precampaña y campaña ni las sanciones específicamente asociadas a esa disposición.

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