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RESUMEN
SANTO DOMINGO. – El Ministerio Público reveló en su expediente acusatorio contra Santiago Marcelo Hazim Albainy, exdirector Ejecutivo del SeNaSa, y los demás imputados, que este incorporó a sus asistentes más cercanas, Johana Fernández y Johanna Grullón, para que fungieran como ejecutoras directas de sus órdenes en el proceso de contrataciones, quienes utilizaban frases como “eso es del CEO”, “eso es del Olimpo” o “vino respaldado”, para imponer contrataciones.
«Para asegurar el control de las aprobaciones en los contratos, el imputado Santiago Marcelo Hazim Albainy incluía, además, a sus asistentes más cercanas, las señoras Johana Fernández y Johanna Grullón, quienes incluso, en ausencia del propio director Ejecutivo, llegaban a las reuniones con listas predeterminadas de prestadores que debían ser aprobados por órdenes directas de este, utilizando expresiones como «eso es del CEO», «eso es del Olimpo» o «vino respaldado», las cuales funcionaban como órdenes inapelables», dice el expediente.
Según la acusación, las evidencias recopiladas demuestran que el “comité” creado por Hazim operó como un instrumento diseñado para favorecer de manera directa, selectiva y discrecional a prestadores de salud vinculados a su círculo político, de amistad y a personas y empresas ligadas a sus intereses personales, políticos y económicos. El Ministerio Público sostiene que el imputado procuraba beneficiar tanto a quienes lo apoyaron políticamente como a quienes entregaban sobornos para acceder a la red de servicios del SeNaSa.
El expediente detalla que Fernández y Grullón llegaban a las reuniones, incluso en ausencia del director ejecutivo, con listas predeterminadas de prestadores que debían ser aprobados por órdenes expresas de Hazim. Las frases utilizadas por ambas asistentes funcionaban, según el Ministerio Público, como mandatos inapelables, que los miembros del comité debían ejecutar sin cuestionamientos.
Las autoridades también señalan que Hazim se coalicionó de manera deliberada y consciente con los gerentes de su círculo más cercano: Francisco Iván Minaya (Gerente de Salud), Roberto Canaán (Gerente de Atención al Usuario), Germán Robles (Consultor Jurídico) y Carmen José Velázquez (Gerente de Afiliación). El propósito, sostiene el órgano acusador, fue desviar el proceso institucional de contrataciones y convertirlo en un mecanismo ilícito para beneficiar exclusivamente a prestadores afines al exdirector.
Los elementos probatorios indican que estos funcionarios actuaban como un bloque articulado, bajo instrucciones directas de Hazim, para aprobar contratos a prestadores que no cumplían con los requisitos legales ni técnicos. Sin embargo, eran promovidos por el exdirector por razones políticas, personales o económicas. La analista de contrataciones Nidia Esmeralda Valdez declaró que Hazim justificaba esas decisiones con expresiones como “aportó en la campaña” o “hay que ayudarlo”.
El Ministerio Público también señala que se aprobaban prestadores que pagaban sobornos para ser incluidos en la red de SeNaSa, configurando un esquema ilícito operado desde la cúpula directiva.
El expediente describe los roles dentro de esta coalición:
- Germán Robles, consultor jurídico, imponía la aprobación de prestadores preferenciales y gestionaba contratos fuera del procedimiento regular.
- Francisco Iván Minaya, gerente de salud, homologaba acuerdos y dirigía las reuniones del Comité de Contrataciones de Prestadores que —según el MP— fue creado fraudulentamente por Hazim.
- Roberto Canaán, gerente de atención al usuario, presionaba internamente para habilitar prestadores sin documentación o infraestructura adecuada.
- Carmen José Velázquez, gerente de afiliación, participaba en la validación y firma de actas que recogían decisiones previamente pactadas con el exdirector.
El Ministerio Público indica que Hazim, Minaya, Robles, Canaán y Velázquez conformaron una asociación ilícita dentro del SeNaSa, destinada a manipular y controlar los procesos de contratación de prestadores de salud, sustituyendo criterios técnicos por criterios políticos, personales y económicos, y vendiendo decisiones mediante sobornos. Los fiscales califican estas acciones como una conducta sistemática, sostenida y estructurada, en violación a la Constitución, a la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones, y a la Ley 87-01 de Seguridad Social, comprometiendo la responsabilidad penal de cada uno de los involucrados.
