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RESUMEN
Santo Domingo, R.D. – Los señores Rafael David Carrasco Recio y Roberto Frías han sido víctimas de lo que se califica como un crimen de Estado, al ser despojados de manera ilegal de 6,000 tareas de tierra, ubicadas dentro de la parcela No. 8 del Distrito Catastral 9 del Distrito Nacional, amparadas en el Certificado de Título No. 74-2871.
Dichas tierras fueron arrendadas por los propietarios al Consejo Estatal del Azúcar (CEA), a razón de RD$1.50 por tarea, para ser utilizadas por la entidad CEAGANA, parte del mismo CEA. Una vez vencido el contrato, el CEA se negó a devolver las tierras a sus dueños, a pesar de múltiples gestiones legales y administrativas.
En el año 1978, tras una controversia legal, el Tribunal de Tierras falló a favor de Carrasco Recio y Frías mediante la Sentencia No. 1, decisión confirmada por la Sentencia No. 337 de fecha 23 de noviembre de 2007, que adquirió autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, según certificación emitida por la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia en febrero de 2008.
El fraude institucional
Pese a esta sentencia firme, en el año 2000, el CEA, en contubernio con el Banco de Reservas, entregó ilegalmente estas tierras mediante un contrato de dación en pago para saldar una deuda de línea de crédito, utilizando el certificado de título perteneciente a los señores Carrasco Recio y Frías.
Más grave aún, el 27 de diciembre de 2006, ambas instituciones otorgaron dichas tierras como garantía a empresas inmobiliarias bajo un contrato millonario por RD$640,000,000.00. Las compañías involucradas en esta maniobra son:
1. Desarrollo Inmobiliario S.A. – Albert Arcenio Peña Abreu
2. PAR S.A. – Ramón Antonio Thomén
3. Inversiones Inmobiliarias S.A. – Manuel Antonio de Molla Soler
4. Gestiones de Ventas Inmobiliarias FJ S.A. – Félix Ramón Jiménez Jiménez
Dichas empresas no figuran con sus respectivos RNC en el contrato, lo cual viola principios elementales de legalidad y transparencia comercial, lo que plantea fuertes sospechas sobre un posible esquema de lavado de activos o corrupción institucional.
Contrato fraudulento y traspaso ilegal
El 19 de agosto de 2013, el CEA se adjudicó fraudulentamente la propiedad de los terrenos mediante un supuesto contrato privado fechado en 1985, jamás registrado ni depositado en ninguna litis anterior, lo cual representa una aberración jurídica, incompatible con una sentencia irrevocablemente juzgada.
Evidencias documentales presentadas
Los herederos y representantes legales de los propietarios han documentado su reclamo a través de los siguientes instrumentos jurídicos:
1. Acto de intimación No. 300/2020 al CEA, instrumentado por la SCJ
2. Informe técnico del CEA del 24/11/2020, reconociendo la propiedad legítima
3. Solicitudes formales de devolución dirigidas al Director del CEA, Rafael A. Burgos Gómez
4. Reiteraciones de cumplimiento de sentencia 337/2007, mediante actos del 2022 y 2025
5. Denuncias y actos de alguacil dirigidos también al Banco de Reservas, Ministerio de Hacienda, Fiduciaria Reservas y la Comisión Permanente de Titulación
Denuncian continuidad del despojo bajo la actual gestión
Pese a las advertencias legales, el actual director del CEA, Rafael A. Burgos Gómez, continúa la distribución ilegal de las tierras a particulares, en colaboración con la Comisión Permanente de Titulación, desoyendo sentencias judiciales firmes y desacreditando el compromiso institucional del gobierno dominicano con el estado de derecho.
Conclusión: crimen de Estado y violación constitucional
Este caso constituye un claro crimen de Estado, donde dos instituciones públicas han actuado al margen de la ley para despojar a ciudadanos de sus derechos de propiedad, violentando el artículo 51 de la Constitución de la República Dominicana. Toda transacción realizada con anterioridad a la sentencia 337 de 2007 es nula de pleno derecho.
Personas e instituciones involucradas:
• Franklin Darío Rivera Reyes – Director Banca Individual e Hipotecaria, BanReservas
• Vicente Henrique Cordero Castillo – Director Banca Hipotecaria, BanReservas
• Rafael A. Burgos Gómez – Director General, CEA
• Jenny Berenice Reynoso Gómez – Mencionada en acto de alguacil
• Representantes de empresas inmobiliarias señaladas anteriormente
Los herederos legítimos de Rafael David Carrasco Recio y Roberto Frías reiteran su reclamo al Estado Dominicano y a las autoridades competentes para que cesen estas acciones ilegales, se respete el derecho de propiedad, y se investigue penalmente a los responsables de este entramado jurídico-fraudulento.
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